¿En que consisten estas subvenciones? Ayudas, de carácter excepcional y singularizado, a empresas, entidades y personas en régimen autónomo del sector primario, que se han visto afectadas por la suspensión de la actividad económica.
En concreto están destinadas a:
- Entidades gestoras de lonjas pesqueras
- Explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana
- Entidades locales de las zonas rurales de la Comunitat Valenciana
- Productores agrarios que realicen venta al por menor para la creación de canales telemáticos de venta de productos agroalimentarios
- Personas productoras primarias que realicen venta al por menor de productos agroalimentarios para compensar la disminución de ingresos
¿Quiénes pueden ser beneficiarios? Aquellas personas o entidades que pertenecen a sectores de actividad que han sufrido un impacto negativo, social, económico y productivo a causa de la crisis sanitaria provocada por la Covid-19. Los requisitos específicos se encuentran detallados por actividad en el siguiente documento.
¿Cómo presento la solicitud y qué documentación debo entregar? La solicitud se realiza de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, en los siguientes enlaces que se adjuntan a continuación. La documentación, así como el resto de procesos también está especificada. Recordar que se debe disponer de firma electrónica avanzada para presentar la documentación. En caso de no disponer de ella, deberá acudirse a la representación a través de una persona que sí la tenga.
¿Cuál es el plazo de presentación? 15 días hábiles (a partir del 15/05/20)
La cuantía de las ayudas varía según la actividad. En cada apartado específico del Real Decreto 59/2020 podrá encontrar los criterios de cuantificación.
Esta ayuda es compatible con otras subvenciones, ayudas e ingresos o recursos para la misma finalidad.
Dicha información es a título informativo. Consulte el documento oficial, así como los enlaces anteriores.